Los ayuntamientos, mancomunidades y consorcios de España que tienen implantado el modelo de recogida selectiva húmedo-seco piden el reconocimiento del mismo y sus variantes, como un sistema válido y compatible con el sistema convencional para la recogida selectiva multimaterial de residuos de envases.
La próxima aprobación de la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados, así como del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, pretende sentar las bases definitivas de la economía circular a través de la legislación básica en materia de residuos, así como contribuir a la lucha contra el cambio climático y proteger el medio marino.
Bajo este marco se reclama una gestión eficiente de los residuos, atendiendo a su prevención en primer término, así como procurando la simplificación de procedimientos hacia una menor dependencia de recursos y un menor impacto en el medio. Esto se antoja especialmente importante para los residuos de envases, cuya prioridad ha de ser la prevención y reutilización, y su fin último, su conversión hacia otros materiales de segunda generación mediante su reciclaje efectivo.
Dadas las bajas ratios de recuperación y reciclaje actuales, es necesario fortalecer las medidas y mecanismos que contribuyan a alcanzar los objetivos propuestos a nivel comunitario. No sólo atendiendo a una recogida separada de materiales, sino posibilitando la contribución de otras alternativas que han demostrado su eficiencia desde hace años. Este último escenario no estaría imposibilitando su recuperación final en planta ni una reducción de su calidad, sino incluso todo lo contrario, ya que, según datos obtenidos a partir de la última memoria publicada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se estarían recuperando en planta 38 kilos por habitante y año de envases en los sistemas que integran este documento, frente a los 9 kilos en el modelo convencional de recogida en contenedor amarillo.
A este respecto, el Proyecto de Ley no determina una única modalidad para llevar a cabo la recogida separada de las distintas fracciones de los residuos, indicándose que deberían adaptarse a las circunstancias de cada entidad local, teniendo en cuenta los modelos de éxito comprobado. Aun así, en ambas disposiciones, así como en una reciente nota informativa del propio Ministerio, se restringe esta posibilidad, derivándose al cumplimiento de determinados preceptos relacionados con su viabilidad técnica, económica y ambiental. De esta manera, se estaría limitando la potencial captura de los residuos de envases a un sistema único de recogida.
Se considera que este planteamiento coarta las posibilidades de distintos sistemas de gestión que actualmente operan en el territorio nacional, como son los focalizados en la segregación orgánico-resto, denominados “húmedo-seco”, “residuo mínimo” u otras variantes. Comparten la segregación selectiva de la fracción orgánica (y específica de papel-cartón y vidrio), paralelamente a la recogida de la fracción inorgánica multimaterial. Al margen de este esquema, se encontraría la Mancomunidad de Montejurra, que cuenta con una recogida separada para residuos orgánicos y envases+materiales, además de hacer habilitado un quinto contenedor para los pañales y otros.
El conjunto de todos estos sistemas se encuentra actualmente implantado en territorios de Galicia, Navarra, Cataluña y Andalucía, integrando a un total de 1 millón de habitantes, que desde hace años gestionan sus residuos municipales bajo esta concepción, obteniendo resultados muy satisfactorios, percibido positivamente por la población, con un reducido impacto ambiental y unos costes contenidos.
Si bien en algunos casos puntuales este esquema presenta ligeras variaciones (por ejemplo, la adaptación a una recogida puerta a puerta en Torrelles de Llobregat o la ya comentada en los municipios de la Mancomunidad de Montejurra, así como el control de accesos al contenedor en otros casos), se comparte una meta común, como es la recuperación de biorresiduos de una calidad óptima.
A la par, se están recuperando envases en un contenedor (o bolsa), que, sin ser exclusivo, es capaz de captar la práctica totalidad de los residuos de esta tipología generados, resultando en una garantía de recuperación en planta, fin último que se pretende. En ese sentido, los resultados alcanzados son manifiestamente superiores al modelo general de recogida selectiva en contenedor amarillo, compartiendo la calidad alcanzada para posibilitar su reciclaje.
La consecuencia de alterar este modelo hacia la convergencia a otro estándar para todos los territorios restaría, sin duda, unas capacidades que hasta el momento se han revelado como muy positivas. Se dejarían de observar unas estrategias de gestión locales que, implantadas en su momento, respondían a las necesidades y características de los territorios en cuestión, cuyo planteamiento se basaba en la sostenibilidad, la responsabilidad del productor y la racionalización de recursos. El resultado es que ese esfuerzo está contribuyendo a alcanzar los objetivos pretendidos a nivel estatal, de los que depende, incluso, la financiación de los Fondos Europeos a medio plazo.
Con todo ello, este documento pretende elevar la voz hacia el papel que juega un sistema que se presenta como viable en el contexto actual y futuro, atendiendo a los principios formulados y los condicionantes que se definen en la normativa. En síntesis, se quieren trasladar las siguientes cuestiones, al objeto de que sean consideradas para garantizar la supervivencia de este modelo de gestión:
- El reconocimiento del modelo “húmedo-seco”, “residuo mínimo” y sus variantes, como una realidad válida y compatible con el sistema convencional regido por la recogida selectiva multimaterial de residuos de envases.
- La valoración razonada de las distintas alegaciones presentadas por las distintas entidades aquí representadas en los períodos de consulta preceptivos para los anteproyectos de los textos referidos.
- La introducción de las modificaciones que proceda, a la vista del punto anterior, para dar cabida a este planteamiento de una forma equivalente o complementaria al de la recogida separada de materiales.
- En relación con el punto anterior, explícitamente, el reconocimiento de la necesidad de sufragar todos los costes implicados en la recogida de los residuos de envases a través del contenedor (o bolsa) destinado a la fracción inorgánica, siempre que se limite esta fracción a la recogida de residuos de naturaleza no peligrosa. Deberán ser asumidos de forma inmediata, según determina la Directiva de Residuos, por los sistemas de responsabilidad ampliada (y por extensión, por los productores de productos), quedando reflejados en el primer convenio con las administraciones públicas respectivas que se establezca.
- La asunción, para cualquier sistema de segregación y recogida, de la necesidad del cumplimiento de los requisitos que se contemplan en la propia Directiva 2018/851/CE para considerar que una recogida de residuos de envases es viable, incluyendo también la referida a la separación selectiva en contenedor amarillo.
- Habilitar la posibilidad, en el caso de que este modelo no se considere finalmente viable para la recuperación de plásticos de un solo uso, de recuperar estos materiales a través de un SDDR (como estaría previsto en el Proyecto de Ley), considerando entonces el contenedor inorgánico como medio selectivo para el resto de materiales, tal y como ocurre en la actualidad.
Y para que quede constancia, a los efectos oportunos, elevamos este manifiesto, que suscriben todos y cada uno de los integrantes que se citan a continuación:
Ayuntamientos:
- A Coruña (Galicia)
- Córdoba (Andalucía)
- Torrelles de Llobregat (Cataluña)
- El Papiol (Cataluña)
- Molins de Rei (Cataluña)
- Corbera de Llobregat (Cataluña)
- Castellbisbal (Cataluña)
Mancomunidades:
- Concellos da Serra do Barbanza (Galicia)
- Montejurra (Navarra)
Consorcios:
- As Mariñas (Galicia)
Manifiesto suscrito en fecha 17 de diciembre de 2021