El actual sistema económico está basado en un modelo de crecimiento que se apoya en la producción de bienes y servicios bajo las pautas de “usar-consumir-tirar”. Este modelo “lineal” conlleva un uso intensivo de recursos naturales y crea una elevada presión sobre el medio ambiente que está detrás de las manifestaciones más graves de la crisis ambiental que atravesamos, incluido el cambio climático o la pérdida de biodiversidad. Estas afecciones adquieren una dimensión adicional cuando nos referimos a recursos no renovables o escasos, y cuando se trata de insumos clave en la producción de determinados bienes y equipos. Adicionalmente, los impactos del modelo lineal se agravan por unos hábitos de consumo cada vez más asociados a la “moda rápida”, con tasas de renovación de los bienes que no agotan el ciclo de vida útil del producto, como ocurre, por ejemplo, con la ropa o los dispositivos electrónicos. En este contexto, España no es una excepción.
La respuesta española para impulsar una economía circular en nuestro país es la Estrategia Española de Economía Circular (EEEC), aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros el 2 de junio de 2020. Dicho documento sienta las bases para impulsar un nuevo modelo de producción y consumo en el que el valor de productos, materiales y recursos se mantengan en la economía durante el mayor tiempo posible, en la que se reduzcan al mínimo la generación de residuos y se aprovechen con el mayor alcance posible los que no se pueden evitar. La Estrategia contribuye así a los esfuerzos de España por lograr una economía sostenible, descarbonizada, eficiente en el uso de los recursos y competitiva.
La EEEC fija unos objetivos para 2030 y contempla su desarrollo y concreción a través de sucesivos planes de acción trienales, llamados a recoger las medidas específicas que prevé poner en marcha la Administración General del Estado para hacer posible alcanzar los objetivos planteados para 2030.
El primer Plan de Acción, que se somete a Información pública, tiene un marco temporal de 2021 a 2023. Dicho plan contiene 111 medidas lideradas por distintos centros directivos de la AGE y distribuidas en 5 ejes y 3 líneas de actuación: producción, consumo, gestión de residuos, materias primas secundarias y reutilización del agua; y, con carácter transversal, sensibilización y participación, investigación, innovación y competitividad, y empleo y formación, que dan respuesta a los principales planteamientos de la economía circular.
Además, de las observaciones que se remitan a dicho Plan, se plantean dos cuestiones adicionales relativas al impacto económico y social, para su respuesta en este proceso de información pública, que nos permitirán valorar el alcance de las medidas dispuestas en el Plan de Acción de Economía Circular:
Impacto económico: En relación con las líneas de actuación recogidas en el PAEC y la EEEC, ¿requerirá la adopción de planes de estructuración empresarial que implique una modificación sustancial del actual modelo de negocio y pueda tener impacto a corto/ medio /largo plazo en su cuenta de resultados?, ¿afectará al desarrollo económico de su empresa?, ¿prevé que pueda tener un impacto positivo en su cuenta de resultados?, a nivel sectorial estima que puede haber una mejora del VAB sectorial o del VAA (para las empresas de servicios ambientales).
Impacto social: En base al PAEC y la EEEC, ¿Considera que su empresa realizará una restructuración de la plantilla hacia actividades con mayor participación de la economía circular?, ¿estima que el número de empleados podrá variar a corto/medio/ largo plazo?, ¿prevé una mayor participación de su sector en el empleo total?.
Las observaciones y comentarios y la respuesta a las preguntas planteadas deberán ser recogidos en la plantilla que se pone a su disposición y deberán remitirse a la siguiente dirección de correo bzn-eeec@miteco.es, indicando en el asunto “IP_PAEC”. El plazo de envío comenzará el 11 de febrero y finalizará el 26 de febrero, ambos inclusive.
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado (nombre completo junto al DNI o CIF en función de la personalidad física o jurídica).
Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
Fuente MITECO